The Miracle Hunter

COMUNICACION DEL OBISPO DE SANTANDER (ESPANA) A SUS

HERMANOS EN EL EPISCOPADO, SOBRE LAS SUPUESTAS APARIClONES DE LA SANTISIMA VIRGEN EN SAN SEBASTIAN DE

GARABANDAL.

Razon de esta comunicacion.

Son muchos los Excmos. Sres. Obispos que consultan al Obispado de Santander sobre las pretendidas apariciones de la Santisima Virgen Maria en el pueblo de San Sebastian de Garabandal, de esta diocesis. Alguno ha llegado a escribirme anunciando su llegada a Santander, al frente de una peregrinacion de su diocesis para visitar Garabandal.

En reciente visita a Roma, he sabido tambien que llegan alli igualmente consultas sobre el mismo tema, segun me ha sido comunicado en la Secretaria de Estado de Su Santidad y en la Sagrada Congregacion para la Doctrina de la Fe.

Por otra parte, los adictos alas citadas pretendidas apariciones vienen publicando libros y articulos, en que siguen defendiendo:

a) la veracidad de dichas apariciones;

b) la falta de autoridad del Obispo de Santander para juzgar sobre su verdad o falsedad, porque es cosa que toca a la Santa Serle, dada la pretendida naturaleza profetica que dicen dichas apariciones;

c) una supuesta contradiccion entre la Santa Serle y la Curia de Santander, como si aquella aprobara, al menos implicitamente con su silencio o con su complacencia, las dichas apariciones.

Fundados en esas razones, los adictos a Garabandal se niegan a sentir con las repetidas declaraciones de los Obispos de Santander. Y lo grave es que algunas de sus publicaciones aparezcan en libros o revistas que cuentan con la aprobacion eclesiastica.

En consecuencia, previa consulta a la Santa Serle, ha parecido oportuno dar esta comunicacion a todos los Hermanos en el Episcopado, aclarando el verdadero estado de la cuestion, para que no se dejen sorprender por noticias falsas.

Se hace la comunicacion con caracter general, porque el tema de las citadas pretendidas apariciones no tiene ningun interes especial en la propia diocesis de Santander, donde sacerdotes y fieles ban demostrado en este punta una pronta y filial obediencia a sus Obispos con excepcion de un pequefiisimo grupo sociologicamente insignificante, pero las consultas,incluso de Prelados, llegan a Santander desde distintos paises de Europa, de America y aun de Asia y de Oceania.

Primeras decisiones de los Obispos de Santander.

Las supuestas apariciones comenzaron en San Sebastian de Garabandal el 18 de junio de 1961, y se prolongaron con frecuencia grandisima durante muchos meses.

Regia, pot aquel entonces, la diocesis Mons. Doroteo Fernandez, como Administrador Aposto1ico. lnmediatamente atendio al estudio del problema, creando una comision especial para ello; y tuvo informada a la Santa Serle de la marcha de los acontecimientos dado el volumen y la publicidad que alcanzaron muy prontamente. Lo mismo hizo Mons. Beitia trag su toma de posesion como Obispo de la diocesis en 1962.

Cuatro notas publicaron dichos Prelados entre 1961 y 1965, coincidentes las cuatro en sus elementos fundamentales. De ellas destacan dos proposiciones:

a) que en el supuesto mensaje, que se dice comunicado pot la Santsima Virgen, no hay nada contra el dogma y la moral.

b) que ello, no obstante, no constaba que los fenomenos acaecidos en San Sebastian de Garabandal pudieran presentarse ni set tenidos con fundamento serio como sobrenaturales, pues tenian una explicacion natural.

Declaracion de Mons. Puchol.

Mons. Puchol sucedio a Mons. Beitia en el Obispado de Santander en agosto de 1965. Tras un largo estudio de todo el problema, cerro el expediente sabre las citadas supuestas apariciones de la Santisima Virgen con una nota publicada el 17 de marzo de 1967. Todo el expediente y el texto de la nota fueron enviados a la S. Congregacion el 27 de octubre de 1966. El Card. Ottaviani acuso recibo de toda la documentacion con carta del 7 de marzo de 1967, en que decia: «La S. Congregacion examino atenta y cuidadosamente todos log documentos, y otros venidos de distinta procedencia, y par fin llego a la conclusion de que la cuestion ha sido ya discutida y definida por S. E., por lo cual no hay razon para que esta S. Congregacion proceda en este asunto» (Carta del 7-111-67). La nota de Mons. Puchol pasaba del «no consta de la sobrenaturalidad» de sus predecesores a1 «consta de la no sobrenaturalidad», pues decia textualmente:

«No ha existido ninguna aparicion de la Santisima Virgen, ni del Arcangel San Miguel, ni de ningun otrO personaje celestial; no ha habido ningun mensaje; todos log hechos acaecidos en dicha localidad tienen explicacion natura!».

Al tamar posesion un servidor de la diocesis de Santander, vacante por fallecimiento de Mons. Puchol, los adictos alas apariciones citadas hicieron publica, incluso en escritos varios, su esperanza de que el cambia de obispo traeria una actitud diferente de la Jerarquia. Por eso, trag estudiar el amplio expediente y vista el s61ido fundamento del juicio de mi predecesor, de venerable memoria, reafirmo su posicion con una nota publicada por mi Secretaria de Camara y Gobierno el 9 de octubre de 1968.

La Santa Sede y Garabandal.

Dicho quedo que log defensores de la veracidad de las apariciones en cuestion apelan a la Santa Sede contra el juicio firme de los obispos de Santander, y aun alegan una discrepancia de Roma con la Curia Santanderina en este punto.

Claro es que tal alegacion es falsa. El Obispado de Santander, como queda dicho, tuvo siempre perfectamente informada a la Santa Sede sobre este problema. Un servldor mismo ha estado dog veces en Roma - en enero de 1969 y en febrero de este ano de 1970- tratando del asunto en la Sagrada Congregacion para la Doctrina de la Fe, en la Secretaria de Estado de Su Santidad, y con el propio Santo Padre; yen 1969 se cruzaron cartas entre el Card. Seper y un servidor con fechas de 31 de enero y 10 de marzo.

En consecuencia puedo y debo comunicar 10 que sigue:

a) tanto Mons. Puchol como yo mismo rogamos en su dia a la S. Congregacion que estudiara si procedia reservarse el juicio sabre el problema de lag supuestas apariciones de San Sebastian de Garabandal, habida cuenta de la agitacion de sus adictos en distintos lugares del mundo, al paso que el tema no tiene especial interes en la diocesis de Santander.

b) la S. Congregacion, como me dice el Card. Seper en su carta del 10 de marzo de 1969, «ha estudiado el problema mas de una vez, y de nuevo con ocasion de su carta» (se refiere a la mia del 31-1-69); y piensa que «al no existir nuevos elementos, no hay ninguna razon para que la S. Congregacion para la Doctrina de la Fe se interfiera ahora directamente en el problema, porque, como V. E. sabe muy bien, esta S. Congregacion no ha querido sustituir basta boy a la autoridad a la que pertenece en primer lugar el examen y el juicio en esta clase de cuestiones, ni ha querido poner sus manos en el problema».

c) «Lo unico que ha hecho dicho Dicasterio -sigue diciendo el Card. Seper en la misma carta -ha sido alabar la prudencia y la solicitud pastoral de esa curia (de Santander), sin dar nunca juicio con la autoridad de la Santa Sede».

e) de palabra y por escrito se me ha dicho en la S. Congregacion que el motivo por el que la S. Congregacion no quiere dar ningun juicio es porque, de decidirse a hacerlo, tendria que reservarse la causa retirando al obispo de Santander la autoridad que Ie compete en esta materia, porque, como me dice el propio Card. Seper en la carta citada, «no se puede olvidar que si la S. Congregacion para la Doctrina de la Fe ve las cosas con su propia autoridad, todas ellas quedan reservadas y son discutidas en su seno, lo que en el caso presente se ha pensado que no debe hacerse».

f) de aqui que la S. Congregacion no quiere que se diga que ella ha declarado Dada en este problema, y par esto Mons. Philippe replico en «La Documentation Catholique» del 15 de febrero de 1970 a la noticia de que la S. Congregacion habia dado una nota sabre el tema el 10 de mayo de 1969, segun el mismo me declaro a mi personalmente en nuestra conversacion del 24 de febrero de este mismo ana. La nota en cuestion fue una respuesta dada en la S. Congregacion, pero no par la S. Congregacion a una consulta llegada a Roma desde Norteamerica.

e) los adictos alas dichas apariciones, suelen atreverse incluso en libros y articulos a alegar cierta supuesta complacencia del Papa Pablo VI par ellas. Apelan para ello al argumento risible, si no fuera triste, de presentar unas bendiciones dadas en Roma a unos u a otros para concederles indulgencia plenaria «in articulo mortis», en cuyo texto preparado, como se sabe, par unos amanuenses dedicados a ello, habian puesto el nombre del solicitante con la advertencia de pertenecer a la Legion de Garabandal, base sobre la cual se ban llegado a publicar estampas diciendo que el Papa habia bendecido las apariciones de S. Sebastian de Garabandal en la data de una de esas citadas, bendiciones. Pero afirman ademas dichos adictos a estas apariciones que el propio Papa habia expresado personalmente su afecci6n alas mismas. Debidamente informado, puedo manifestar a los Hermanos con firme certeza que ninguna de estas alegaciones tiene fundamento, porque el Santo Padre esta identificado en su todo con su S. Congregacion y deja el juicio del problema en manos del Obispo de Santander, a quien toca, mientras no se haga una reserva de la Santa Sede, que expresamente se niega, segun queda dicho antes.

Prohibicion de todo culto jundado en las pretendidas apariciones.

Para terminar, debo comunicarles que en la diocesis de Santander, como consecuencia de cuanto queda dicho, esta terminantemente prohibida toda manifestacion de piedad que se fundamente en las supuestas apariciones de San Sebastian de Garabandal, prohibicion que conculcan quienes alli llegan en peregrinaciones, como los que, contradiciendo orden expresa del Obispado, erigieron una capilla en honor de San Miguel en dicho lugar. De otro lado esta prohibido a todos log sacerdotes, diocesanos o extradiocesanos, el subir al citado pueblo sin permiso especial, condicionando a ello el uso de las licencias ministeriales en toda la diocesis. Ello no obstante, hay sacerdotes peregrinos que llegan de varios lugares del mundo, que celebran alIi la Eucaristia en el campo o en casas particulares contraviniendo las disposiciones episcopales.

Por lo que se refiere a la prohibicion de las manifestaciones de piedad citadas, la S. Congregacion desea igualmente que se mantenga en todas partes, de acuerdo con lo dispuesto par el obispo de Santander, como dice el Card. Seper con las siguientes palabras terminantes:

«El decreta dado par la autoridad del Ordinaria Diocesano, a quien corresponde par derecho, debe ser tambien argumento suficiente para todos los Ordinarios del Lugar, a fin de apartar a sus fieles de lag peregrinaciones y ejercicios de piedad, que se fundamenten en lag citadas supuestas apariciones y comunicaciones». (Carta del Card. Seper del 10 de marzo de 1969).

Ouiera el Senor que esta comunicacion sirva para aclarar todo el estado de la cuestion en este enojoso problema de las pretendidas apariciones de la Santisima Virgen en San Sebastian de Garabandal, cortando brotes de falsas piedades y de actitudes contrarias a lo dispuesto por la Jerarquia, al paso que conseguimos crecer siempre en una autentica piedad filial hacia muestra Madre amantisima la Virgen Maria, con una verdadera devocion que, come dice el Concilio, -no consiste ni en un sentimentalismo esteril y transitorio, ni en una vana credulidad, sino que procede de la fe autentica, que nos induce a recnocer la excelencia de la Madre de Dios, y nos impulsa a un amor filial hacia nuestra Madre y a la limitacion de sus virtudes (L. G. 67).

Jose Maria, Obispo de Santander

Santander, 25 de abril de 1970